A juicio un guardia civil por estafar 99.000 euros a la viuda de un compañero
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La mujer, Policía Nacional, accedió a información confidencial de un opositor a bombero en la ciudad, con el fin de perjudicarle en las oposiciones
Tribunales05/04/2023GDH DigitalLa sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a 3 años y medio de prisión a una funcionaria del Cuerpo Nacional de Policía y a su marido, bombero jubilado, por acceder a información confidencial de un opositor a bombero en la ciudad, con el fin de perjudicarle.
Según la sentencia, ha quedado acreditado que el hombre indujo a su esposa a acceder a la base de datos policial ARGOS para obtener información confidencial de un opositor a bombero, algo que la mujer hizo. Por ello, el tribunal considera a la policía y a su marido, como inductor, autores de un delito de descubrimiento y revelación de secretos.
En la resolución de la Audiencia se recoge que el condenado pidió a su mujer, que trabajaba en la oficina de denuncias, que accediera a la base de datos para obtener información de esa persona, con el fin de perjudicarle en sus aspiraciones de superar la oposición a bombero en Vigo, celebrada en 2018 (correspondiente a las OPE e 2014, 2015 y 2016).
La agente accedió a esos datos en diciembre de 2018 y se los trasladó a su marido, “siendo consciente de que no podía transmitir la información obtenida”. Para el tribunal, “no hay ninguna duda” de que la acusada “accedió a datos que no eran accesibles a cualquiera, con una finalidad meramente particular y dotada de una clara orientación de recabar información acerca del afectado para perjudicarle, sin que la consulta guardase relación con el desempeño de sus funciones como policía, careciendo de fundamento legal dicha injerencia y desbordando los límites de su función como agente de policía”.
El mismo día en que su mujer le facilitó la información, el acusado contactó con un agente de Policía Nacional que conoce, al que envió varios mensajes donde le decía que tenía “una información importante” para “coordinar una pequeña operación con la Guardia Civil“. Asimismo, le trasladaba que un opositor había estado implicado en un proceso por tráfico de drogas en 2017 y que en esos momentos estaba requerido por un juzgado de Cangas, pero se encontraba en paradero desconocido.
Como quiera que este agente no accedió a coordinar esa operación contra el opositor ni a detenerlo, el acusado contactó con el jefe de Seguridad del Concello, que solicitó a un Policía Local su cooperación con respecto al aspirante a bombero. Este agente comprobó que en la base de datos figuraba una averiguación de paradero, no orden de detención.
Sin embargo, el agente recibió orden para acudir al parque municipal de bomberos e identificar al opositor, al que afirmó que figuraba contra él una orden de búsqueda del juzgado de Cangas, causándole “gran perturbación”, ya que en ese momento se encontraba reclamando el resultado de una prueba física. En la sentencia también se señala que, en relación con la causa penal del juzgado de Cangas, la Fiscalía formuló escrito de acusación en noviembre de 2020, sin formular acusación alguna contra el opositor, “que tampoco fue procesado”.
Por restos hechos, la Audiencia considera a los acusados, al hombre como inductor, autores de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, los condena a 3 años y medio de prisión. Además, a la mujer la inhabilita durante 6 años. El tribunal también establece que ambos deberán indemnizar al perjudicado en 2.000 euros. Contra la sentencia cabe recurso de apelación.
"GDH Digital" - Diario Policial
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