Juzgan a 5 guardias civiles por detener a una persona sin motivo, golpearla y falsificar el atestado: piden 10 años de cárcel para ellos

La fiscalía les imputa un delito contra la integridad moral, detención ilegal y falsedad en documento oficial

Tribunales08/10/2023GDH DigitalGDH Digital
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Imagen de archivo

La Sección 17ª de la Audiencia Provincial de Madrid juzga desde este lunes, 9 de octubre, a las 10:00 horas, a cinco agentes de la Guardia Civil que golpearon a una persona que estaba tumbada en el suelo boca abajo y con las manos engrilletadas, con conocimiento de que no había ninguna causa legal para detenerla, y que falsificaron el atestado a fin de eximirse de sus respectivas responsabilidades.

La Fiscalía Provincial de Madrid les imputa un delito contra la integridad moral, detención ilegal y falsedad en documento oficial. El representante del Ministerio Público pide penas que oscilan entre los 10 y los 4 años y 6 meses de prisión para ellos.

El escrito de la Fiscalía refleja que sobre las 12:55 horas del 1 de diciembre de 2019 los agentes recibieron un aviso donde se les comunicaba que en una determinada zona de Majadahonda se encontraban dos jóvenes ebrios causando molestias a los conductores. En el aviso se alertaba de desórdenes en la vía pública por parte de la pareja, “en concreto a los vehículos que se encontraban circulando en las mismas, deteniendo los vehículos y golpeándolos con una botella de cristal, increpando e insultando a los conductores así como al resto de viandantes”.

Cuando los acusados llegaron al lugar de los hechos se encontraron con dos agentes de la Policía Local de Majadahonda quienes levantaron el acta/denuncia contra los dos jóvenes identificados como P. J. M. L. y R. S. V. y advirtieron a los guardia civiles de que las personas identificadas estaban “alteradas”, si bien ya no se encontraban en el lugar de los hechos, pues lo habían abandonado tras la denuncia administrativa.

A continuación, los agentes de la Guardia Civil regresaron a sus funciones de servicio de prevención y poco después, “e ignorándose exactamente las razones”, acudieron a una gasolinera situada en las inmediaciones donde se habían producido los hechos. Allí, se encontraron a los dos jóvenes quienes fueron conducidos a la zona exterior del lavadero de la gasolinera.

Pese a que ambos estaban arrinconados en una pared hablando con los agentes de la Guardia Civil, “de repente, sorpresiva y arbitrariamente, sin mediar previamente ninguna clase de comportamiento agresivo por parte de P. J.M. L.”, este último comenzó a ser golpeado, con los puños cerrados, “reiterada e innecesariamente”, por los acusados, los hermanos M. A. S. E. y L. M. S. E. quienes le derribaron. Tras caer el suelo  continuaron con los golpes incluso cuando ya estaba inmovilizado. “Durante el trance de la agresión, no se reveló en ningún momento contra los agentes con TIP Nº D56254C y con TIP Nº Z75888Z, asumiendo el padecimiento físico al que estaba siendo sometido sin ejercer defensa alguna”.

Es más, la víctima nunca arremetió contra los agentes de la Guardia Civil “ni antes ni durante ni después de estar siendo golpeado por estos últimos, quedando reducido y engrilletado infundadamente con las manos a la espalda y con todo el cuerpo boca abajo durante aproximadamente diez minutos con el frio y el suelo mojado por la lluvia”. R, S. Villalba, amigo de Pablo, fue denunciado administrativamente por desobediencia a los agentes de la autoridad.

Los otros tres acusados presentes en el lugar de los hechos, D. M. J., A. S. C. y F. J. N. B., incumplieron, según la Fiscalía, los deberes “inherentes” a su condición de agentes de la Guardia Civil porque pese a observar la conducta violenta de sus otros compañeros, “y teniendo todos ellos la posibilidad de intervenir”, no mostraron descuerdo alguno. Ni siquiera se interpusieron a fin de evitar que P. J. M. L. pudieran seguir recibiendo golpes incluso cuando se encontraba “innecesariamente” engrilletado “con las manos a la espalda, boca abajo, con el frio y el suelo mojado por la lluvia”.

La víctima de la paliza  fue introducida a continuación en el vehículo de los agentes y conducido a dependencias policiales donde, según consta en la diligencia de detención e información, los hermanos M. A. S. E. y L. M. S. E. procedieron a dicha detención “con conocimiento de que no existía causa legal para ello”. P. J. M. L. , tras un primer reconocimiento médico subsiguiente a la detención, y una vez en dependencias policiales, fue trasladado por segunda vez al médico a causa de una herida en el interior de la boca, regresando a las dependencias policiales y permaneciendo en calabazos durante toda la noche del día 1 de diciembre de 2019.

Los cinco acusados, “con el fin de justificarse y de eximirse cada uno de ellos de las respectivas responsabilidades por su actuación precedente”, confeccionaron un atestado firmado por ellos mismos como fuerza actuante donde narraban  “unos hechos al margen de la realidad”. Dicho atestado se presentó ante el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Majadahonda, que incoó en fecha 2 de diciembre de 2019 las  Diligencias Previas Nº 720/2019 contra P. J. M. L. por delito de atentado, acordándose por Auto de fecha 2 de diciembre de 2019 su libertad provisional.

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